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Multas por incumplimiento en conciliaciones en acciones de protección al consumidor: Cálculo y Fundamento Legal

  • Foto del escritor: Andrés Lopera Cortés
    Andrés Lopera Cortés
  • 6 mar
  • 2 Min. de lectura

 

El incumplimiento de una conciliación o transacción realizada legalmente en el marco de una acción de protección al consumidor ante la SIC acarrea multas y la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) tiene la facultad de sancionar a quienes no cumplan con lo acordado.


En el marco de la Ley 1480 de 2011, específicamente en el artículo 58, numeral 11, se establece que la SIC puede imponer multas sucesivas por cada día de retraso en el cumplimiento de una conciliación.


¿Cómo se calcula esta multa?


  • La multa puede ser de hasta una séptima parte del salario mínimo legal mensual vigente (SMMLV) por cada día de retraso.

  • Se tiene en cuenta el tiempo que tardó la parte demandante en informar el incumplimiento, así como los términos judiciales para emitir los requerimientos.


Ejemplo Hipotético:

Actuación

Año

Mes

Día

Tiempo transcurrido entre la fecha en que debía haberse cumplido la obligación (30 de junio de 2023) y la noticia de incumplimiento (1º de julio de 2023).

2023

Julio

1

Término transcurrido entre la noticia de incumplimiento (1º de julio de 2023) y el plazo máximo en que debió expedirse el auto de requerimiento para el cumplimiento conforme a lo dispuesto en el artículo 120 del CGP.

2023

Julio

16

Día de notificación del auto de requerimiento (Por medio del cual se requirió el cumplimiento).

2024

Agosto

1

Plazo otorgado para el cumplimiento según el auto de requerimiento (3 días hábiles equivalen a 3 días calendario).

2024

Agosto

3

Fecha en que debió proferirse el auto de multa contabilizado desde el día siguiente a la finalización del plazo concedido para el cumplimiento en el anterior auto y bajo el parámetro del art. 120 CGP.

2024

Septiembre

15

Total



40


En este escenario, la SIC puede imponer una multa sucesiva, calculada sobre el SMMLV vigente en el año en que debió proferirse la decisión sancionatoria. Por ejemplo, la sanción de $6.628.560 se calcula tomando en cuenta el salario mínimo legal mensual vigente (SMMLV) del año 2023, donde una séptima parte del SMMLV del año 2023 es de $165.714. El cálculo final de la multa es: $165.714 x 40 (días de retardo) = $6.628.560.


Es importante destacar que, la SIC ya está imponiendo las multas expresadas en UVB (Unidad de Valor Básico), en concordancia con el artículo 313 de la Ley 2294 de 2023. En el ejemplo, el monto impuesto equivale a 573,80 UVB.


Mantente informado sobre tus derechos como consumidor y las facultades de la SIC para protegerlos. #DerechoDelConsumidor #SIC #Conciliación #Multas #Ley1480.


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Nota Aclaratoria: Este post es informativo y no constituye asesoría legal específica. Cada caso debe ser analizado individualmente.

 

 

 

 
 
 

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